Ciudad de México, 29 de abril de 2021._ La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que adiciona el artículo 389 Ter al Código Penal Federal para castigar como delito de fraude a toda persona que publicite o comercialice leche que no cumpla con las especificaciones sanitarias y nutrimentales.
En los considerandos se señala que la materia del dictamen son los productos que se venden bajo la apariencia de leche, sin cumplir las especificaciones determinadas por las autoridades sanitarias.
El dictamen, remitido al Senado para sus efectos constitucionales, argumenta que estas conductas de publicidad engañosa han sido ampliamente documentadas durante los últimos años y no son exclusivas del producto lácteo.
En meses recientes, añade, se ha acreditado la venta masiva de productos bajo modalidad de publicidad engañosa, como el atún, que contiene elevado índice de soya.
Por otra parte, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha manifestado el caso de diversos productos que son comercializados como leche, sin serlo, como los derivados de la soya, las almendras o el arroz.
Durante los últimos años se han verificado casos de publicidad engañosa respecto de la venta de leche en todo el mundo, y ha comenzado una tendencia a sancionar como fraude esta conducta que claramente afecta la salud de los consumidores.